Gestión Administrativa

CFGM Gestión Administrativa

Este profesional ejerce su actividad tanto en grandes como en medianas y pequeñas empresas, en cualquier sector de actividad, y particularmente en el sector servicios, así como en las administraciones públicas, ofreciendo apoyo administrativo en las tareas de administración y gestión de dichas empresas e instituciones y prestando atención a los clientes y ciudadanos.

Se realizan actividades de apoyo administrativo en el ámbito laboral, contable, comercial, financiero y fiscal, así como de atención al cliente/usuario, tanto en empresas públicas como privadas, aplicando la normativa vigente y protocolos de calidad, asegurando la satisfacción del cliente y actuando según normas de prevención de riesgos laborales y protección ambiental.

Organización del CFGM de Gestión Administrativa

El CFGM de Gestión Administrativa comprende dos cursos académicos con 2000 horas de duración

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Al término del proceso de enseñanza aprendizaje, el alumnado obtendrá una calificación final para cada uno de los módulos o proyecto en que esté matriculado.

La calificación de los módulos y de proyecto se llevará a cabo en función de la consecución de los resultados de aprendizaje, se expresará en valores numéricos entre 1 y 10 sin decimales y será positiva cuando su puntuación sea igual o superior a 5 puntos y negativas las restantes.


En la calificación se tendrá en cuenta la diferente contribución de cada resultado de aprendizaje que se deba alcanzar en relación con las competencias profesionales y para la empleabilidad de cada módulo, en el marco de la contextualización del currículo ,al entorno en el que se desarrolle el proceso de enseñanza-aprendizaje y siempre asegurando la adquisición de dichas competencias. 

La calificación final de cada módulo o proyecto se establecerá mediante la aplicación de la ponderación definida
en la programación didáctica a los criterios de evaluación asociados a cada una de las actividades formativas desarrolladas a lo largo del proceso de enseñanza-aprendizaje

Las técnicas e instrumentos de evaluación serán variados, flexibles, accesibles, diversos y se adaptarán a las competencias profesionales contenidas en los diferentes resultados de aprendizaje, cuya adquisición se quiera evidenciar, haciendo uso de los correspondientes soportes para su corrección y calificación final de cada módulo o proyecto se establecerá mediante la aplicación de la ponderación definida en la programación didáctica a los criterios de evaluación asociados a cada una de las actividades formativas desarrolladas a lo largo del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Una vez superados todos los módulos, ámbitos o proyecto que constituyen las ofertas de grado D o E, se determinará la calificación final de las mismas. Para ello, se calculará la media aritmética simple de las calificaciones de los módulos que tienen valoración numérica; del resultado se tomará la parte entera y las dos primeras cifras decimales, redondeando por exceso la cifra de las centésimas si la de las milésima resultase ser igual o superior a cinco

La ponderación de los diferentes instrumentos de evaluación se establece en la siguiente tabla:

Criterios Instrumentos Ponderación
Criterios de Evaluación Pruebas escritas y orales sobre los contenidos de cada módulo.
Realización de ejercicios
60 % - 80 %
Ejercicios de clase 40 % - 20 %
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Orden de 18 de septiembre de 2025, por la que se regula la evaluación,
certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa
enseñanzas de los grados D y E del Sistema de Formación Profesional en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.

1.

El alumnado de ciclos formativos de grado medio y superior matriculado, en
modalidad presencial no modular, que supere todos los módulos del primer curso
promocionará a segundo curso. En caso de no superar todos los módulos, el alumnado
no promocionará y deberá cursar nuevamente aquellos módulos no superados.

2.

Con el alumnado referido en el apartado anterior que no haya superado la totalidad
de los módulos se procederá del siguiente modo:
a) Si la carga horaria de los módulos no superados es superior al 50 por ciento de las
horas totales del primer curso, el alumnado deberá repetir sólo los módulos no superados
y no podrá matricularse de ningún módulo de segundo curso.
b) Si la carga horaria de los módulos no superados de primer curso es igual o inferior
al 50 por ciento de las horas totales, el alumnado podrá optar por repetir sólo los módulos
no superados o matricularse de estos y ampliar matrícula a módulos de segundo curso
utilizando la oferta modular complementaria, siempre que la carga horaria de todos los
módulos y proyecto intermodular que vaya a cursar no sea superior a 1.150 horas lectivas
en ese curso escolar y el horario lectivo de dichos módulos sea compatible, permitiendo
la asistencia y evaluación continua en todos ellos.

3.

La superación de cualquier oferta formativa de grado D o E, según determina el
artículo 27.7 del Decreto 147/2025, de 17 de septiembre, requerirá la evaluación positiva
de todos los módulos, o en su caso, ámbitos así como del proyecto que la componga.
Cada módulo o proyecto requerirá la superación de todos o aquellos resultados de
aprendizaje que así se determinen en la correspondiente programación didáctica.

4.

En virtud del citado artículo, en el caso de las organizaciones curriculares diferentes
a los módulos, se requerirá, en todo caso, la superación de todos los resultados de
aprendizaje y la adquisición de las competencias que en ellos se incluyen.

La obtención del título de Técnico o de Técnico Superior requiere acreditar la superación de todos los módulos profesionales de que conste el correspondiente ciclo formativo, así como cumplir los requisitos de acceso al mismo .

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