CFGM Sistemas Microinformáticos y Redes
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Principios
La competencia general de este título consiste en instalar, configurar y mantener sistemas microinformáticos, aislados o en red, así como redes locales en pequeños entornos, asegurando su funcionalidad y aplicando los protocolos de calidad, seguridad y respeto al medio ambiente establecidos.Entorno profesional
1. Este profesional ejerce su actividad principalmente en empresas del sector servicios que se dediquen a la comercialización, montaje y reparación de equipos,
redes y servicios microinformáticos en general, como parte del soporte informático de la organización o en entidades de cualquier tamaño y sector productivo que utilizan sistemas microinformáticos y redes de datos para su gestión.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
- Técnico instalador-reparador de equipos informáticos.
- Técnico de soporte informático.
- Técnico de redes de datos.
- Reparador de periféricos de sistemas microinformáticos.
- Comercial de microinformática.
- Operador de tele-asistencia.
- Operador de sistemas.
Requisitos de acceso
Para poder acceder a un ciclo de Formación Profesional de grado medio necesito cumplir alguno de estos requisitos:
- Tener el Título de Educación Secundaria Obligatoria (LOE).
- Tener el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (LOGSE).
- Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar (Formación Profesional de Primer Grado de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa).
- Estar en posesión del Título de Técnico (ciclos formativos de Grado Medio).
- Estar en posesión del Título de Bachiller Superior.
- Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma de las enseñanzas medias.
- Haber superado el tercer curso del plan de estudios de 1963, o segundo curso de comunes de experimental de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
- Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
- Haber realizado los dos primeros cursos de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP), siempre que se acredite tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de estos dos cursos (Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y el Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).