Sistemas Microinformáticos y Redes
Ciclo Formativo de Grado Medio
Este profesional desarrolla su actividad en empresas del sector servicios que se dediquen a la comercialización, montaje y reparación de equipos, redes y servicios microinformáticos en general, como parte del soporte informático de la organización o en entidades de cualquier tamaño y sector productivo que utilizan sistemas microinformáticos y redes de datos para su gestión.
El alumnado aprenderá a instalar, configurar y mantener sistemas microinformáticos, aislados o en red, así como redes locales en pequeños entornos.
Organización del CFGM de Sistemas Microinformáticos y Redes
El CFGM de Sistemas Microinformáticos y Redes comprende dos cursos académicos con 2000 horas de duración
La evaluación del alumnado será realizada por el profesorado que imparta cada módulo profesional del ciclo formativo, de acuerdo con los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación y contenidos de cada módulo profesional así como las competencias y objetivos generales del ciclo formativo asociados a los mismos. En la evaluación del módulo profesional de formación en centros de trabajo, la persona designada por el centro de trabajo para tutelar el periodo de estancia del alumnado en el mismo, colaborará con el profesor o profesora encargado del seguimiento.
A tal efecto, se utilizarán diferentes instrumentos, tales como cuestionarios, formularios, presentaciones, exposiciones orales, edición de documentos, pruebas, escalas de observación, rúbricas o portfolios, entre otros, ajustados a los criterios de evaluación y a las características específicas del alumnado.
La ponderación de los diferentes instrumentos de evaluación se establece en la siguiente tabla:
A tal efecto, se utilizarán diferentes instrumentos, tales como cuestionarios, formularios, presentaciones, exposiciones orales, edición de documentos, pruebas, escalas de observación, rúbricas o portfolios, entre otros, ajustados a los criterios de evaluación y a las características específicas del alumnado.
La ponderación de los diferentes instrumentos de evaluación se establece en la siguiente tabla:
Criterios | Instrumentos | Ponderación |
---|---|---|
Citerio de evaluación | Pruebas escritas y orales sobre los contenidos de cada módulo. Realización de ejercicios |
60 % - 80 % |
Ejercicios de clase | 40 % - 20 % |
De acuerdo con las Instrucciones de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaria General de Educación y Formación Profesional, por la que se establecen directrices sobre determinados aspectos de la evaluación y la promoción en la educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional de Andalucía para el curso escolar 2021/2022, se establecen los siguientes criterios de Promoción y Titulación en la Educación Secundaria Obligatoria:
- El alumnado que supere todos los módulos profesionales del primer curso promocionará a segundo curso.
- Con los alumnos y alumnas que no hayan superado la totalidad de los módulos profesionales de primer curso, se procederá del modo siguiente:
- Si la carga horaria de los módulos profesionales no superados es superior al 50% de las horas totales del primer curso, el alumno o alumna deberá repetir sólo los módulos profesionales no superados y no podrá matricularse de ningún módulo profesional de segundo curso.
- Si la carga horaria de los módulos profesionales no superados de primer curso es igual o inferior al 50% de las horas totales, el alumno o alumna podrá optar por repetir sólo los módulos profesionales no superados, o matricularse de éstos y de módulos profesionales de segundo curso, utilizando la oferta parcial, siempre que la carga horaria que se curse no sea superior a 1.000 horas lectivas en ese curso escolar y el horario lectivo de dichos módulos profesionales sea compatible, permitiendo la asistencia y evaluación continua en todos ellos.
La obtención del título de Técnico o de Técnico Superior requiere acreditar la superación de todos los módulos profesionales de que conste el correspondiente ciclo formativo, así como cumplir los requisitos de acceso al mismo establecidos en el artículo 41 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el artículo 21 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, o se acrediten algunas de las circunstancias recogidas en la disposición adicional séptima del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
Inserción Laboral
Mercado Laboral
La Formación Profesional está en permanente alerta a las demandas de la población y de los sectores con mayor auge de nuestra economía, adecuando su formación teórico-práctica del alumnado a la realidad económico social.
Formación en Centros
La Formación en Centros de Trabajo (FCT) es el módulo que los alumnos y alumnas cursan al final de sus estudios de Formación Profesional y, que se lleva a cabo, gracias a la colaboración de las empresas, pues se desarrolla en su totalidad en las propias empresas.
Emprendimiento
El fomento al emprendimiento, entre otras muchas medidas, tiene como objetivo principal el facilitar el acceso a un mayor grupo de perfiles de alumnos, motivando y cualificando a toda la población interesada para su vuelta a las aulas, compaginando la enseñanza con la conciliación de la vida profesional y personal.
Mercedes Palomares y Ernesto Correa
Departamento de Orientación
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